Ecología creó un registro de infractores ambientales y estableció sanciones
La medida quedó establecida mediante la Resolución Nº 182, publicada este martes en el Boletín Oficial.
Según los fundamentos de la norma, la creación del registro responde a la necesidad de contar con una herramienta que permita "sistematizar la información" sobre las infracciones ambientales cometidas en todo el territorio provincial, "identificar patrones de incumplimiento" y mejorar la "planificación de las tareas de fiscalización y prevención".
El Repia estará bajo la órbita de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Ecología y funcionará de manera articulada con el Registro Nacional de Infractores previsto en la Ley Nacional de Bosques Nativos.
Infracciones
De acuerdo a lo que establece la resolución, en el registro deberán inscribirse todos los expedientes administrativos iniciados por infracciones ambientales, las sanciones impuestas y los antecedentes de reincidencia.
La medida abarca incumplimientos vinculados a diversas normativas provinciales y nacionales relacionadas con la protección ambiental, entre ellas las referidas a bosques nativos, áreas naturales protegidas, fauna silvestre, recursos hídricos, conservación de suelos, residuos, manejo del fuego, evaluación de impacto ambiental, pesca, actividad acuícola y uso de productos fitosanitarios.
A partir de esta norma, cada inscripción deberá incluir datos del expediente, la identificación del infractor, la normativa vulnerada, el tipo de infracción, la sanción aplicada, el estado de cumplimiento, las medidas de remediación impuestas y los antecedentes de reincidencia, entre otros aspectos.
Restricciones para los infractores
Uno de los puntos centrales de la reglamentación determinó que quienes permanezcan inscriptos en el Repia no podrán acceder a distintos beneficios o autorizaciones administrados por la cartera ecológica a mientras dure su permanencia en el registro.
Entre las restricciones se encuentran la imposibilidad de obtener nuevas habilitaciones, permisos, concesiones o guías emitidas por el organismo; acceder a programas de asistencia, subsidios o incentivos; gestionar líneas de crédito provinciales vinculadas al ambiente; recibir beneficios fiscales; integrar comisiones o mesas de consulta ambiental; desarrollar actividades o investigaciones en áreas naturales protegidas y permanecer inscriptos en el Registro Provincial de Consultores en Estudios de Impacto Ambiental.
La autoridad de aplicación podrá autorizar excepciones únicamente cuando existan razones de interés público debidamente fundadas, según sostiene la nueva norma.
Certificado obligatorio
La reglamentación también crea el (CAIA), un documento oficial que acreditará la situación de cada persona o empresa frente al registro.