Ecología reconoce daño de empresas de cerámica en el arroyo Garuhapé
Ambientalistas denuncian que imágenes aéreas revelan un daño irreversible en el suelo, ocasionado por la extracción de arcilla autorizada por el Ministerio de Industria. El ministro de Ecología dijo a LVM: “Hubo una pequeña intervención de monte nativo”. Se reunirán esta semana.
Un grupo de ambientalistas viene denunciando desde octubre del 2020 el daño ambiental causado por la industrias de la cerámica de la zona de Garuhapé, que extraen de forma indiscriminada recursos mineros del lecho del arroyo homónimo.
En este sentido, miembros del Frente Ciudadano Ambiental Kaapuera reclamaron públicamente que el problema se profundizó durante la pandemia y el daño ambiental es grave en lo que se conoce como selva en galería, es decir, la biodiversidad que bordea los lechos fluviales.
Así lo confirman imágenes aéreas que revelan nuevas explotaciones de extracción de arcilla y arenisca que generan un cambio en la vida natural que habita en el arroyo, indicaron a La Voz de Misiones desde el movimiento.
Daño por leyes incumplidas
Según explicó el guardaparque Diego Ciarmiello a LVM, la Dirección de Minas y Geología, que depende del Ministerio de Industria, es la encargada de autorizar los planes de explotación de estos recursos.
Sin embargo, la ley provincial 105 de Ordenamiento Territorial protege la selva en galería, con lo cual “indudablemente hay una ilegalidad por parte del Ministerio de Industria, que no puede autorizar actividad minera en bordes de arroyos porque está prohibido por leyes provinciales y nacionales”, aseguró el guardaparque, miembro del Frente Kaapuera.
Asimismo, Ciarmiello sostuvo que “exigimos al gobierno que nos diga quiénes son los que están explotando esa zona, porque alguna gestión habrán hecho ante Minería para hacer el trabajo”, indicó.
La actividad minera en Misiones se rige por el Código Minero Nacional, que establece un registro de productores y uno de consultores ambientales, donde las empresas recurren para presentar sus planes de explotación: “Lo que le pedimos al gobierno es que nos dé información de si esto se hizo”, dijo el ecologista.
Además, la ley 105 le da la autoridad de aplicación al Ministerio de Ecología y a la vez establece para la categoría 2 -bordes de arroyo- la donde no se puede explotar.
En el caso de Garuhapé, y genera mortandad, entre otros daños al hábitat.