Llaman a concurso para cubrir cargos del nuevo Juzgado Ambiental
El Consejo de la Magistratura abrió un nuevo llamado a concurso para cubrir cargos en el Poder Judicial de la provincia, entre ellos para juez y fiscal del flamante Juzgado Ambiental, el primero en su tipo en ser creado en el país.
Según informaron oficialmente, el plazo de inscripción va desde el 24 de abril hasta el 16 de mayo a las 12 y las inscripciones a los concursos, aperturas y modificaciones de legajos se realizarán exclusivamente online a través de los formularios situados en la página oficial del Consejo de la Magistratura: www.consejomagistratura.jusmisiones.gov.ar
Los cargos a cubrir son Defensor de Primera Instancia de la Defensoría Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar N° 3 de la Quinta Circunscripción Judicial con asiento en San Pedro; Juez de Paz Letrado de Segunda Categoría de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en San José; y Juez y Fiscal con competencia en materia ambiental, con asiento en la ciudad de Posadas.
El denominado Juzgado Ambiental fue creado el 7 de julio del año pasado, tras un dictamen de la Cámara de Representantes de Misiones, y oficializado recientemente tras una publicación en el Boletín Oficial.
La oficialización dictada establece que “el artículo 1 de la Ley IV-N° 97 crea un Juzgado con competencia en materia ambiental, con dos Secretarías Letradas y una Fiscalía con competencia en materia ambiental con asiento en la ciudad de Posadas y ejerce jurisdicción en toda la Provincia”.
Así también detalla que “el poder Ejecutivo ha fijado como política de Estado promover y asistir al sistema judicial como reaseguro de la Seguridad Jurídica, principio insoslayable el afianzamiento de la Democracia y el desarrollo de los Pueblos”.
Según la ley sancionada, el nuevo fuero entenderá en las siguientes cuestiones:
1) Toda acción derivada del ejercicio de defensa del ambiente, ante cualquier hecho u omisión, ilegal o arbitrario que afecte, lesione, restrinja, altere, amenace o disminuya los recursos naturales, el equilibrio de sus ecosistemas y los bienes o valores colectivos, de manera actual o inminente y sin limitación de cuantía.
2) En los procesos cautelares ambientales.
3) En los juicios ordinarios por reparación o remediación de daño ambiental, incluida la faz resarcitoria privada.
4) En todos los demás procesos judiciales de naturaleza ambiental o regidos por legislación específica vinculada al ambiente.