Prorrogan por 6 meses la Emergencia Hídrica por la sequía del Paraná
A través de un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, se prorrogó por 180 días el “Estado de Emergencia Hídrica” en la cuenca del río Paraná. El Gobierno nacional, entre otras acciones, menciona la necesidad de “dragados de emergencia” de la hidrovía, para poder mantener navegable para los grandes buques.
El 24 de julio del año pasado fue primera declaración de emergencia por 180 días y luego prorrogada por 90 días más el 10 de marzo último. Con La Niña firme, el invierno mostrará una nueva baja de los niveles del río. El probable regreso de las lluvias en primavera, culminaría este período que comenzó desde 2019.
La medida afecta a las provincias de Formosa, Chaco, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos, Misiones y Buenos Aires, sobre los márgenes de los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú.
Se espera que después de la primavera comience a mejorar aún más, desde el Gobierno recordaron que la bajante histórica actual es “la más importante en los últimos 78 años”.
“Si bien se han atenuado los niveles de la bajante por efecto de lluvias puntuales y defluencias de las represas situadas en el área regulada de la Cuenca del Paraná, se continúan provocando afectaciones sobre el abastecimiento del agua potable, la navegación y las operaciones de puerto, la generación de energía hidroeléctrica, el abastecimiento de combustibles y las actividades económicas vinculadas a la explotación de la cuenca conformada por los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú”, remarca el decreto en sus considerandos.
“De conformidad con los análisis y prospectivas llevados a cabo por los distintos organismos nacionales que integran la Mesa de Trabajo de Gestión de la Emergencia Hídrica de las Cuencas de los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú en materia de relevamiento del desarrollo del proceso de bajante histórica del río Paraná, se mantiene la previsión de condiciones negativas para las áreas mencionadas y continúa el proceso de afectaciones originado por la sequía persistente y los pronósticos de condiciones meteorológicas deficitarias”, explica el documento.
“Resulta necesario adoptar medidas en relación con la carga y los calados en el tránsito fluvial de mercaderías a efectos de evitar afectaciones en materia de vías navegables, tripulaciones, seguridad de la navegación, mantenimiento del comercio nacional e internacional y la protección ambiental, en accesos portuarios, vías navegables y dársenas”, reconoce el texto normativo al respecto.
Y añade: “Dada la ausencia de niveles de calados aptos para la navegación comercial habituales, anteriores a la actual situación crítica, causados por niveles de agua inferiores a lo normal, y su compatibilización con las profundidades de los canales troncales de diseño establecidos en el actual contrato de concesión, corresponde readecuar las profundidades de la Vía Navegable Troncal, a través de autorizaciones especificas a ser otorgadas por Ministerio de Transporte”.
En ese sentido, lo que el decreto es instruir a la mencionada cartera a “autorizar a la concesionaria de la Vía Navegable Troncal a obtener y mantener la profundidad efectiva de la misma, conforme a las disposiciones establecidas en el Anexo 2 del contrato de concesión vigente, y a ejecutar dragados de emergencia, según lo establecido en la Disposición N° 32 del 3 de noviembre de 2021 de la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante”.