Rechazo de Sadaic al decreto que exime pagar un canon a las fiestas y hoteles
El Gobierno de Javier Milei modificó la normativa que regula la propiedad intelectual en Argentina, a través del decreto 765/2024 publicado este miércoles en el Boletín Oficial. Con esa medida, desde este jueves los salones de fiestas y hoteles no estarán obligados a pagarles a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (Sadaic) por pasar música en sus espacios.
La noticia no cayó bien entre los músicos y las autoridades de Sadaic. “Estamos analizando una impugnación judicial”, dijo a radio Mitre Guillermo Ocampo, director de Sadaic. Por su lado, la Unión de Músicos Independientes (UMI) exigió al Poder Ejecutivo “que derogue inmediatamente el decreto”.
En tanto, desde el Gobierno, el Secretario de Turismo, Ambiente y Deportes, Daniel Scioli, garantizó que con el decreto “los hoteles ya no deberán abonar tasas por derechos de autor ni por la reproducción de música en las habitaciones, consideradas ámbito privado”. Además, el funcionario nacional consideró que la medida “fortalece la competitividad de la industria turística”.
La modificación
El decreto, que lleva las firmas de Milei, el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, modifica el decreto 41.223 de 1934 que reglamentó la ley 11.723 de Propiedad Intelectual, incorporando una redefinición del concepto de "ejecución pública" para que no se abonen derechos de autor a la Sadaic en eventos que estaban alcanzados por la legislación.
"Se entiende por representación o ejecución pública aquella que se efectúe en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas". Por eso, "no existe representación o ejecución pública cuando la misma se desarrolla en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal", dice en su primer artículo.
Esa ejecución pública, según el decreto, es la que se hace “de una obra musical o cinematográfica, discos, films sonoros, transmisiones radiotelefónicas y su retransmisión o difusión por altavoces la que se efectúe por ejecutantes o por cantantes, así como también la que se realice por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet”.
ÚLTIMO MOMENTO
Cumplimos nuestra promesa: los hoteles ya no deberán abonar tasas por derechos de autor ni por la reproducción de música en las habitaciones, consideradas ámbito privado.
Este logro es el resultado de una política de mayor desregulación económica impulsada por el…