Inhabilitaron provisoriamente al médico misionero Aníbal Lotocki
La sala 3 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de Buenos Aires ordenó la inhabilitación cautelar del médico misionero Aníbal Lotocki, condenado en 2022 por mala praxis e involucrado en otras causas similares, entre ellas la relacionada a la modelo Silvina Luna, internada en grave estado de salud desde hace unas semanas.
El dictamen fue emitido en línea con lo expuesto por Sandro Abraldes, titular de la Fiscalía 29, quien consideró que correspondía la inhabilitación de forma provisoria del médico para “el ejercicio de la medicina y el comercio en el ámbito de la estética y la cosmética”.
Dicha consideración fue emitida luego de un pedido efectuado por la mencionada sala 3, cuyos integrantes actualmente se encuentran en etapa de revisión de la condena a 4 años de prisión y 5 de inhabilitación dictada el año pasado contra el misionero conocido como “el cirujano de las famosas”.
En el fallo firmado hoy, los magistrados Mario Magariños y Pablo Jantus, se explicó que la inhabilitación cautelar que se reclamó en el proceso tanto por la fiscalía como por las querellantes “se vincula con el ejercicio de la profesión de médico, es decir, de una actividad profesional regulada por el Estado, en cuyo ejercicio el imputado habría cometido, de acuerdo a la sentencia de condena recaída en este proceso, cuatro hechos de similares características calificados jurídicamente como lesiones graves dolosas”, consignó el portal oficial del Ministerio Público Fiscal.
Además, los jueces también pusieron sobre el tapete de análisis que Lotocki es actualmente investigado por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 60 por la muerte de un paciente, causa donde fue procesado bajo la calificación de “homicidio con dolo eventual”.
En relación a ello, indicaron que “en tal sentido, se advierte que con posterioridad a la comisión de los episodios por los cuales Lotocki fue condenado en este proceso, pero con anterioridad al dictado de la sentencia de condena recurrida, el nombrado continuó ejerciendo la profesión de médico y realizó intervenciones quirúrgicas de similar naturaleza a aquellas que dieron lugar a los hechos objeto de condena en la presente causa, sin que pase desapercibido que esas nuevas intervenciones médicas han generado desenlaces luctuosos que motivaron nuevas imputaciones penales”.
En consecuencia, resaltaron que la medida cautelar reclamada tiene la finalidad de “evitar la producción de nuevos episodios que menoscaben, en este caso, la salud pública, a causa de comportamientos o conductas desplegadas en el ejercicio de una actividad cuyo desempeño se ha acreditado deficiente con un cierto grado de verosimilitud”.