La Justicia obliga a Camioneros a garantizar cobertura a niño con discapacidad
La mamá de un niño de 6 años, diagnosticado con retraso mental leve, recurrió a la Justicia y presentó un recurso de amparo contra la Obra Social de Conductores Camioneros, Obreros y Empleados del Transporte Automotor de Cargas Generales filial Misiones.
Es que, según pudo saber La Voz de Misiones, la prestadora de salud le negaba el transporte al pequeño por no tener una discapacidad motriz.
La presentación del recurso estuvo a cargo de la abogada Jénifer Vargas, integrante de la fundación Familias TEA Misiones Red Federal, quien contó a LVM que la mamá del pequeño hizo una consulta en el grupo de Facebook de la red y, desde ahí, "le estuvimos asesorando si le correspondía o no la cobertura".
En esa línea, la letrada sostuvo que Camioneros quería "exigir a la mamá que haga una modificación en el Certificado Único de Discapacidad" para que el menor pueda acceder al transporte, "todo una cosa que no tenía ningún sentido".
Sobre ello, la abogada explicó que "la ley contempla que las personas que tienen discapacidad mental también pueden acceder a la cobertura del transporte, que no es exclusiva para las personas que tienen una discapacidad motriz".
Por otro lado, Vargas comentó que en la medida también se solicitó que la obra social cumpla con las prestaciones hasta fin del año, ya que Camioneros es "la única obra social nacional que decide no cubrirle el mes de diciembre a las personas con discapacidad", dijo la abogada a este medio.
Es que la obra social "solo autoriza hasta noviembre tanto maestra integradora como todas las terapias de rehabilitación, porque ellos consideran que en diciembre los profesionales no trabajan prácticamente", explicó Vargas, que sostuvo que esas fueron las cuestiones que presentaron ante la Justicia.
"El amparo salió favorable, el juzgado consideró que al niño sí le corresponde tener el transporte especial y también que la cobertura sea hasta el mes de diciembre, como lo hacen todas las obras sociales", afirmó.
El fallo judicial, al que tuvo acceso LVM, resolvió "hacer lugar a la presente acción de amparo" y determinó la existencia de "arbitrariedad e ilegalidad manifiesta" por parte de Camioneros.
El documento resuelve que, en el plazo de tres días de ser notificados de la resolución, la prestadora autorice la cobertura "total e integral" por los "períodos indicados por el médico tratante", y el "transporte ida y vuelta desde su domicilio a la escuela y a las terapias, todo ello desde febrero a diciembre 2023".
Garantizar derechos
Sobre el accionar de la obra social, la letrada Vargas sostuvo que frecuentemente "teníamos consultas de situaciones que pasaban en Camioneros con los afiliados con discapacidad".