Corrientes: jueza ordenó a padres que respeten la identidad de género de su hijo
El Juzgado de Instrucción Tres de Corrientes dispuso que los progenitores de un adolescente, que se autopercibe varón, respeten su identidad de género. Además, la jueza Pierina Ramírez determinó que debían hacer un tratamiento psicológico y otorgó la guarda a su abuela.
La medida fue adoptada a raíz de un informe del Poder Judicial. El documento afirma que el joven atraviesa una “grave situación de vulnerabilidad y riesgo” y que su situación llegó a conocimiento de la dependencia judicial por derivación del departamento de Medicina Familiar de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional del Nordeste (Unne).
“En ese documento, que ingresó al Juzgado de Menores Tres, se relataban los graves hechos de vulnerabilidad del que habría sido objeto por parte de ambos progenitores solicitando la inmediata intervención a fin de que se arbitren medidas en su resguardo”, dice el escrito.
Y agrega que “la descripción remitida a los estrados judiciales detallaba los sentimientos de desazón y desesperanza del adolescente, inmerso en un profundo estado depresivo”.
Por ello, la jueza a jueza Pierina Ramírez tomó con urgencia medidas para indagar la idoneidad de los padres para ejercer de forma diligente y responsable los roles materno parentales y averiguó la capacidad de la familia ampliada para ejercer provisoriamente su cuidado.
En este sentido, la magistrada determinó que “ninguno de los progenitores ha podido identificar los factores de riesgo que rodean al hijo, la ideación suicida y autolesiva, sentimientos de desesperanza (…) que fueron detallados en los concluyentes informes psicológicos y psiquiátricos”.
Comprendió que para el adolescente de 14 años “el contexto que lo rodeaba era desolador” y que era sujeto de “una protección especial por hallarse en una situación de vulnerabilidad profunda”.
Es así que la jueza decidió “conceder la guarda judicial a la abuela paterna y dispuso controles socio ambientales mensuales durante seis meses para constatar el cuidado y contención que recibe”, remarca la información judicial.
Además, Ramírez fijó un régimen de comunicación del adolescente con su mamá y su papá.
En tanto que informó al menor que “tenía derecho a desarrollar su propio plan de vida conforme sus propias convicciones y decisiones, y que debía garantizársele el instrumento que acreditaba su identidad autopercibida, respetando para ello el nombre de pila y el género con el que se siente identificado”.