El no voto: multas desde $50 y la posiblidad de votar en noviembre
El voto en las elecciones es obligatorio, tanto en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso) de hoy como en las generales del 14 de noviembre, salvo para los mayores de 70 años. Quien no concurra a votar tendrá que justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral y si no lo hace deberá pagar una multa.
El Código Nacional Electoral establece en su artículo 125, en el apartado “faltas electorales”, que “se impondrá multa de $50, que puede llegar a $500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta 60 días de la respectiva elección”.
Mientras no se abone esa multa, los ciudadanos quedarán registrados como infractores. Esto implica que no podrán hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
Estar enfermo o imposibilitado por fuerza mayor, de forma suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de estos por médicos particulares.
Este año, además, estarán exceptuados de votar los ciudadanos en aislamiento por contagio confirmado de Covid-19 o que tengan síntomas compatibles con esa enfermedad, al igual que aquellos que sean contactos estrechos. La misma excepción se aplicará para quienes integren grupos de riesgo que por indicación médica deban evitar los lugares con movimiento de gente.
Encontrarse el día de la elección a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y puedan explicar que el alejamiento obedece a motivos razonables. Para eso tienen que obtener un certificado en la comisaría más cercana o en sede consular si están en el exterior.
Si no voté en las PASO, ¿Puedo votar en las generales de noviembre?
En caso de no asistir, deberás ingresar al Registro de Infractores propio de la Cámara Nacional Electoral (CNE). Se aplicará luego una multa, que irá desde $50 hasta $500, al menos que se justifique la no emisión del voto ante la Justicia Nacional Electoral.
Para las elecciones de noviembre, las generales, si hubo una justificación de la inasistencia dentro de los 60 días desde la elección ante la Secretaría electoral podrás votar en las generales.