Javier Milei envió el proyecto de reforma laboral al Congreso
El presidente Javier Milei envió este jueves al Congreso el proyecto de ley de Reforma Laboral, que la Casa Rosada pretende aprobar antes del 30 de diciembre, en el marco de las sesiones extraordinarias convocadas por el gobierno.
El proyecto, que según la prensa porteña el presidente firmó a las apuradas al volver de su viaje relámpago a Noruega, introduce cambios sustanciales a la legislación vigente, como vacaciones, horas extras, indemnizaciones, despidos y regímenes especiales, además de introducir cambios en los procedimientos judiciales y laborales.
Banco de horas
El proyecto de ley reemplaza las horas extras por un Banco de Horas, con el argumento de flexibilizar la jornada de trabajo. De esta manera, un empleado puede trabajar más horas durante una o varias jornadas y recompensarlas en otros días, sin cobrar el tiempo extra trabajado.
Si bien, eventualmente, el trabajador podría superar el máximo de horas legales diarias, en ningún caso puede sobrepasarse el límite semanal de 48 horas establecido en el convenio colectivo.
En cuanto a las remuneraciones, el proyecto del gobierno elimina los pagos en cheque y/o en efectivo y establece que los salarios deberán acreditarse en una cuenta bancaria o a través de billeteras virtuales.
Por otro lado, se abre la posibilidad de que el empleador pueda abonar bonos extra a los sueldos que sean transitorios, fijos o variables, considerando para ello el mérito personal del trabajador, entre otros.
Vacaciones
La iniciativa gubernamental, rechazada por las centrales obreras, autoriza a la patronal a pactar las vacaciones fuera del período legal establecido hasta ahora, y recorta de 45 a 30 días la notificación por parte del empleado.
Además, permite fraccionar las vacaciones en tramos no inferiores a siete días, siempre y cuando la empresa no disponga de manera simultánea la licencia anual para la totalidad de los trabajadores del establecimiento, sección o sector.
Despidos
La reforma laboral de Milei, excluye el aguinaldo, las vacaciones y los premios en el cálculo de la indemnización por despido.
A este fin, los empleadores podrán establecer un sistema de cese laboral, que el gobierno ya intentó implementar por DNU y que pretendía que los trabajadores también aportaran de sus salarios para su propio despido.
Las indemnizaciones serán incompatibles con reclamos por daños y perjuicios amparados en la legislación civil y comercial, y cualquier acción en este sentido, o la percepción de algún concepto establecido en un régimen implicará la renuncia a los derechos del otro.
El Fondo de Cese Laboral será una cuenta específica, que no podrá ser embargada por ningún motivo, habilitada por la Comisión Nacional de Valores, y se financiará con una contribución mensual obligatoria del 3% de las remuneraciones que se toman como base para calcular las contribuciones patronales del trabajador.
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