Justicia Federal ratificó suspensiones de Arrúa, Comparín y Kornuta en el PJ
El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Posadas rechazó los recursos promovidos el diputado nacional y ex secretario general del Partido Justicialista (PJ) Misiones, Alberto Arrúa; la ex presidenta Myriam Comparín, y el ex apoderado Martín Kornuta, contra la resolución de la Intervención partidaria de sumariarlos por inconducta y suspenderlos como afiliados hasta que concluyan las actuaciones, que los imposibilitan participar de las elecciones internas del 19 de abril próximo.
Arrúa, Comparín y Kornuta, están acusados de “un accionar reiteradamente funcional a políticas ajenas al ideario justicialista y alineado al gobierno de Javier Milei, la sujeción a instrucciones políticas extrapartidarias y el incumplimiento de la obligación de entregar la sede, las unidades básicas, así como la documentación contable y los libros partidarios a las legítimas autoridades interventoras”.
Según informaron los interventores, Gustavo Arrieta y Máximo Rodríguez, en un comunicado, “la resolución judicial confirma la validez de las actuaciones llevadas adelante por la Intervención y ratifica la legalidad de la suspensión preventiva de afiliaciones dispuesta en el marco de los procedimientos disciplinarios en curso”.
“En su fallo, el Tribunal resolvió no hacer lugar al planteo de nulidad ni al recurso contra la suspensión preventiva de afiliación, concluyendo que la medida fue dictada conforme a la normativa partidaria vigente”, informa el comunicado.
El fallo del tribunal destaca que “la suspensión preventiva reviste carácter cautelar y no constituye una sanción definitiva, por lo que no implica la cancelación irreversible de derechos políticos”, tal como argumentaban los demandantes.
“Además, no se acreditó la existencia de vicios sustanciales ni perjuicio concreto que justifiquen la declaración de nulidad del procedimiento disciplinario”, reza el comunicado.
El juzgado reconoció también que los interventores, Arrieta y Rodríguez, “cuentan con facultades plenas para ejercer las atribuciones de los órganos partidarios durante el período de intervención” y reafirmó que “las suspensiones preventivas son decisiones propias del ámbito partidario y, como tales, no resultan revisables judicialmente en cuanto a su oportunidad o conveniencia”.
El fallo remarca, también, el hecho de que el PJ Misiones se encuentra intervenido por decisión de las autoridades nacionales del partido, ratificada por su Congreso Nacional, “otorgando plena validez a las facultades conferidas a los interventores para normalizar el distrito y garantizar la participación electoral”.
Asimismo, el tribunal destacó que la suspensión preventiva de Arrúa, Comparín y Kornuta, “se encuentra expresamente prevista en la Carta Orgánica partidaria y puede ser dispuesta mientras se sustancia el correspondiente sumario disciplinario”.