Tribunal Electoral de Misiones impide votar a policía y fuerzas de seguridad
El Tribunal Electoral de la provincia de Misiones decidió mediante una resolución firmada el 19 de mayo dar cumplimiento al artículo 48, inciso 10, de la Constitución Provincial y excluir del padrón electoral a todo el personal activo de las diferentes fuerzas de seguridad, quienes de esta manera se verán impedidos de sufragar en las elecciones legislativas del próximo 8 junio.
La medida fue dispuesta por los magistrados Cristian Benítez, Gregorio Busse y Andrés Poujade, quienes para estos comicios consideraron aplicar el artículo 48, inciso 10 de la carta magna provincial que establece: “Que no podrán votar los soldados pertenecientes a las fuerzas armadas ni los agentes de las de seguridad nacionales y provinciales”.
Para disponer este dictamen, el Tribunal Electoral libró oficios a las diferentes fuerzas tanto federales, como de seguridad nacional y provincial, para que informen la nómina el personal que estaría comprendido en la mencionada disposición constitucional y una vez recibió emitió la resolución que excluye a todos los agentes comprendidos en los listados enviados por cada institución.
La medida alcanza, entonces, al personal de la Policía de Misiones; del Servicio Penitenciario Provincial (SPP); de la Prefectura Naval Argentina (PNA); de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA); de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA); de la Policía Federal Argentina (PFA); y del Ejército Argentino.
Si bien esta disposición reviste carácter constitucional, según indicaron las fuentes, su aplicación era refrendada o anulada por el Tribunal Electoral, que en las últimas tres elecciones decidió permitir el voto de los uniformados.
La resolución consigna que todas las fuerzas y partidos serán notificados de la disposición, al tiempo que en el Boletín Oficial se deberá publicar el listado de agentes inhabilitados de participar en las elecciones del 8 de junio.
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