Diputados sancionó la Ley que suspende desalojos en toda la provincia hasta fines del 2023
La Cámara de Representantes sancionó modificaciones a la Ley XII N° 28, que suspende hasta el 31 de diciembre de 2023, las ejecuciones de sentencias de desalojos o remates de inmuebles destinados a vivienda única y familiar, y a viviendas y producción agropecuaria, en casos que se verifique una ocupación superior a ocho años, sobre predios urbanos y rurales, sean fiscales o privados.
La decisión surgió a partir de proyectos presentados por los diputados Martín Sereno, del Bloque Legislativo Tierra, Techo y Trabajo y Carlos Rovira (FR).
En los fundamentos, Sereno consideró "imperioso que los casos de posibles desalojos tengan el amparo de la ley para, al menos, no enfrentarse a la durísima realidad de la expulsión de una familia, cuando la misma puede demostrar su ocupación pacífica e ininterrumpida por ocho años o más, como lo prevé la legislación originalmente", dijo.
Aseguró que esta ley es una herramienta medianamente eficaz para evitar desalojos y brindar plazos para que el Estado busque soluciones y pueda mediar en los conflictos.
Mientras que el diputado Rovira afirmó que la extensión del plazo de la ley es fundamental para proteger el derecho a la vivienda adecuada en toda la provincia "y seguir invirtiendo en soluciones habitacionales para las y los misioneros".
El Iprodha establecerá cupos de vivienda
La vigencia de la suspensión de desalojos por el plazo señalado, está sujeta a que las y los beneficiarios acrediten en el expediente judicial, que se encuentran empadronados en el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (Iprodha), antes del 31 de mayo de 2023. Una vez vencido este plazo establecido, toda persona que fuera notificada de una acción en su contra entre el 31 de mayo al 31 de diciembre de 2023, y cumplimente con todos los requisitos de inscripción exigidos en la ley, puede solicitar excepcionalmente la inscripción al Padrón Provincial de Beneficiarios.
La norma faculta al Iprodha, a dictaminar fundadamente respecto de los supuestos que ameritan soluciones por parte del Ejecutivo provincial, debiendo respetar y cumplir con las normas de fondo y procesales vigentes. Además, basados en criterios de méritos, oportunidad, conveniencia y posibilidades presupuestarias, el Iprodha debe establecer un cupo en las convocatorias para dar prioridad en la solución habitacional a los y las beneficiarias que se adhieran al régimen de la ley.
También, el Poder Ejecutivo informará a la Cámara de Representantes la situación socio económica de las y los beneficiados, con la suspensión de la ejecución de sentencias antes del 31 de agosto de 2023. Estos informes son para evaluar en base a criterios objetivos de ponderación que surjan de dictámenes profesionales e interdisciplinarios, si se justifica o no la continuidad del régimen previsto en la ley.