Asociaciones yerbateras presentaron amparo contra DNU de Milei por el Inym
Diversas asociaciones yerbateras de Misiones, una de Corrientes y más de 20 productores particulares, presentaron este jueves en la Justicia un recurso de amparo contra el mega DNU del presidente Javier Milei, que desreguló la actividad, quitándole al Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) diversas facultades, entre ellas la potestad de fijar el precio de la materia prima.
El recurso fue firmado por la Asociación de Productores Agropecuarios de Misiones (Apam), Unión de Agricultores de Misiones (Udam), Asociación Civil de Productores Yerbateros del Norte (ACPYN (), Asociación Chimiray, Asociación de los Yerbatero del Alto Uruguay, Casa de la Familia Yerbatera, Centro Agrario Yerbatero Argentino (Caya)) y la Asociación de Productores Agrarios Zona Sur (Apasur).
La cautelar solicitada por los yerbateros se presentó paralelamente a la reunión que mantuvieron ayer y hoy en el Congreso, representantes del sector, directivos del Inym y el ministro del Agro de la provincia, Facundo Sartori, con diputados y senadores, a quienes ilustraron sobre el impacto de la desregulación en la producción de yerba mate, en especial la importancia de regular el precio de la hoja.
El pedido de los yerbateros misioneros es el segundo que se presenta ante la Justicia, luego de la presentación efectuada la semana pasada por el gobierno provincial.
La cautelar del Estado provincial fue presentada ante el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso de Posadas, a cargo de manera provisorio y por subrogancia legal del magistrado Alejandro Gallandat Luzuriaga, quien el lunes decidió declararse incompetente al considerar que la cuestión debe ser resulta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
En el fallo, de ocho páginas, el magistrado habilitó la feria judicial para tratar la cuestión y, basado en el dictamen de la fiscalía interviniente, decidió declararse incompetente al considerar que al tratarse de un litigio entre el Estado provincial y el Estado nacional la competencia es originaria y exclusiva del máximo órgano judicial del país, es decir, de la Corte.
Entre los fundamentos esgrimidos, el magistrado se apoyó en los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional, los cuales apuntan a preservar el federalismo y evitar conflictos de unión nacional.
En su dictamen, Gallandat Luzuriaga también mencionó que lo mismo ocurrió en la provincia de La Rioja, tras una presentación del Estado provincial para declarar la inconstitucionalidad del DNU del presidente Javier Milei que corrió la misma suerte ante la Justicia Federal de esa jurisdicción.
Según especialistas consultadas por La Voz de Misiones, las resoluciones podrían ser diferentes en caso de que las cautelares sean presentadas por empresas privadas o particulares, dado que en esos escenarios no entrarían en conflicto los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional.