Misiones cobra impuesto de hasta el 4% a transferencias con billeteras virtuales
Luego de que, en los últimos días, numerosos usuarios de billeteras virtuales reportaran descuentos al realizar transferencias entre cuentas de estas aplicaciones, desde la Agencia Tributaria Misiones (ATM) explicaron que se trata de un sistema al que la provincia está adherida desde octubre de 2022.
El Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (Sircupa) es un nuevo régimen de retención del impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre billeteras digitales, creado por la Comisión Arbitral de Convenio Multilateral, a través de la resolución general 9/2022, publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 16 de agosto último.
Tras la medida, las retenciones se aplican sobre la recepción de dinero de aquellos usuarios que comercialicen bienes o servicios y cobran a través de apps financieras, como Mercado Pago y Ualá, que pasaron a ser agentes recaudadores, al igual que los bancos tradicionales.
Con la nueva disposición, tendrán retenciones del Sircupa los contribuyentes que estén inscriptos en Ingresos Brutos de las provincias adheridas, o bien, en el Convenio Multilateral. Actualmente, todas las jurisdicciones del país se encuentran dentro de este régimen.
Asimismo, no se realizan retenciones entre cuentas del mismo usuario registradas con la misma Clave Única de Identificación Tributaria (Cuit).
Los índices del Sircupa se definen según lo indique el padrón de la Comisión Arbitral del Convenio Bilateral (Comarb) y, en Misiones, pueden ser del 1,2%, 2,5% y 4%, según la calificación de riesgo fiscal de cada contribuyente.
“Las alícuotas serán establecidas ponderando la base imponible de las últimas seis declaraciones juradas, el comportamiento fiscal, categorización, actividades económicas desarrolladas, exenciones y por toda otra información que la Dirección General de Rentas disponga en coordinación con el marco establecido por la Comisión Arbitral para el Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (Sircupa)”, especifica la Resolución 31/22 de ATM.
En tanto, el usuario podrá consultar si se le cobrará el impuesto consultando el padrón del Sircupa, el cual se encuentra disponible online.
Para hacerlo, se debe ingresar Cuit y el período que se desea constatar.
Por otra parte, quedarán exentas de retención las acreditaciones que se realicen en concepto de salarios de personal en relación de dependencia, así como de operaciones de créditos, bonos, plazos fijos y otras inversiones.