Multan a Horianski por impedir viajar a personas con discapacidad
La Subsecretaría de Transporte, Puertos, Aeropuertos y Redes de Comunicación de Misiones impuso una multa a la empresa de colectivos Sergio Horianski.
La sanción, estipulada en poco más de $81.000 para cada una, se aplicó tras denuncias de personas con discapacidad que alegaron que les impidieron viajar.
Uno de los hechos ocurrió el día 13 de septiembre, alrededor de las 10 de la mañana, en la Terminal de Ómnibus de San Vicente, según expresó el pasajero en su presentación ante la oficina pública, administrada por René Kegler.
El denunciante relató que se dirigió a la unidad de Horianski, que partiría hacia Posadas, haciendo valer el derecho que tiene conforme al “Artículo 18 Inciso K de la Ley X - Nº 1”, según expresa la Disposición 186 del gobierno provincial.
En esa instancia, al pretender ascender al colectivo, el guarda le expresó que “no tenían lugar para poder viajar; solo pueden viajar las personas con boletos; solo los que pagaban”.
Para sostener su argumento, el vecino aportó una fotocopia de su Certificado Único de Discapacidad (CUD), así como copia de la disposición de la Subsecretaría de Transporte que le otorgó el carné pertinente.
Asimismo, aseguró que “esta situación se presenta en reiteradas oportunidades, imposibilitando así el correcto uso del servicio”, continúa el documento, publicado hoy en el Boletín Oficial.
Tras la denuncia, se citó a la empresa Horianski a comparecer para tomar conocimiento del expediente y ejercer su descargo, pero al no presentarse ningún responsable, se dio curso a la aplicación de la multa.
Para el Estado misionero, la falta constituye “un desconocimiento de las atribuciones de esta Subsecretaría de Transporte, Puertos, Aeropuertos y Redes de Comunicación por parte de la empresa denunciada”, lo que la ley penaliza con la aplicación de infracciones.
“El hecho de no presentarse a tomar vista de un expediente en el que se sustancia una denuncia en su contra implica tal desconocimiento a las atribuciones de este organismo, máxime cuando se le imputa la comisión de una infracción grave, como lo es el hecho de no transportar pasajeros de manera gratuita cuando estos tienen derecho a ello”, explicaron.
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